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Con la modificación a la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI+, que incluye la fracción XXVI Bis al artículo 4, con ello se reconoce a las personas con identidad de género NO BINARIO, es decir, aquellas cuya identidad de género no se limita a las categorías de masculino o femenino.

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Lo anterior “dice” la Autoridad de CdMx tiene como objetivo eliminar barreras de discriminación, PROMOVER la inclusión y garantizar el respeto a la identidad de género de todas las personas.

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Además, obliga al gobierno local y a las alcaldías a realizar acciones para satisfacer las necesidades de las personas LGBTTTI+ y garantizar sus derechos.

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La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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