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La Secretaria de Seguridad Ciudadana del Estado de México, tiene a bien publicar las Reglas para la recepción de una Denuncia Anónima y así proporcionar un servicio de alta calidad que permita abatir los índices delictivos, impunidad, corrupción y malos Servidores Públicos.
Este reglamento va dirigido específicamente a los Servidores Públicos encargados de recibir las denuncias anónimas a través del número 089.
La personas que reciba la llamada de Denuncia tiene la obligación de guardar con estricta confidencialidad todo lo referente a los hechos de los cuales les estén informando y evitar en todo momento cualquier fuga de información y sobre todo abstenerse de solicitar en todo momento la identidad del denunciante.
Además los servidores encargados de esta labor tendrán las siguientes obligaciones:
I. Observar los principios rectores de licitud, calidad, información, custodia y cuidado, seguridad y
consentimiento, anonimato, confidencialidad y reserva para el tratamiento de datos e información que
integran el servicio de atención de denuncia anónima a través del número telefónico 089.
II. Realizar sus funciones con absoluta imparcialidad, así como observar buena conducta, tratando con
respeto y rectitud a las personas con que tenga relación con motivo de sus funciones.
III. Acatar las órdenes de los superiores jerárquicos y cumplir con todas las obligaciones inherentes a su
puesto, así como los procedimientos y protocolos que se les indiquen o formen parte de la capacitación
que reciban en relación con su operación.
IV. Queda prohibido sustraer cualquier tipo de información. ya sea escrita o copiada en forma magnética o
cualquier otro tipo, debido a que las labores del servicio de atención de denuncia anónima a través del
número 089, son salvaguardar la seguridad e identidad ciudadana.
Estas reglas ya están vigentes desde el viernes 11 de abril del presente.
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