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Este ANTEDECENTE
Surge luego de que, en un juicio laboral, la empresa negó haber despedido a la trabajadora, alegando que ella dejó de presentarse antes de la fecha de despido mencionada en la demanda. La Junta determinó que el despido fue real y condenó al patrón, ya que debía probar que el vínculo laboral aún existía.
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la Suprema Corte de Justicia a través del Tribunal Colegiado de Circuito la Primera Sala, DETERMINÓ que, si el trabajador dice haber sido despedido después de la fecha que el patrón menciona, primero el Patrón debe probar que el trabajador dejó de presentarse. Si lo hace, la trabajadora será quien deba demostrar que la relación laboral continuó hasta la fecha del despido.
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La justificación de la SCJN es que, el despido requiere que exista una relación laboral VIGENTE, es decir, que el trabajador esté prestando servicios subordinados y recibiendo un salario. Si el Empleador NO demuestra que el trabajador dejó de acudir al trabajo desde una fecha específica, no podrá probar que la relación laboral aún existía. Esto implica que no justificó su defensa y se considerará que HUBO DESPIDO, SIN que el trabajador tenga que probar la existencia del vínculo laboral.
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Esta RESOLUCIÓN está disponible para quien la conozca y la haga valer a partir de esta semana en todo el país.
Tesis LABORAL
Registro digital: 2030190
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La información de hoy procede de la Suprema Corte de Justicia
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