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El día de ayer el Gobierno del Distrito Federal publicó en la su gaceta diversos cambios en el Código Civl y el Código de Procedimientos Civiles, los cuales entraran en vigor a partir de lunes 9 de marzo de 2015.
Aquí algo de lo mas destacado:
1.- Ahora las y los jueces también podrán extender actas de CONCUBINATO, además de la ya conocidas como las de Nacimiento, Reconocimiento de hijos, Matrimonio, adopción etc, etc.
2.- La inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios, será permanente y el Registro Civil tendrá la obligación de expedir un Certificado que informe si un deudor alimentario se encuentra inscrito en dicho registro de deudores.
3.- Las correcciones a las Actas se podrán hacer ante el Juez del Registro Civil por la Existencia de errores mecanográficos y ortográficos además de los ya conocidos.
4.- Nos indican los requisitos que deberan presentar al solicitar levantamiento de una nueva acta para el reconocimiento de Identidad de Género.
I.- Solicitud debidamente requisitada
II.- Copia Certificada del acta de nacimiento primigenia para efecto de que se haga la reserva correspondiente.
III.- Original y copia fotostática de su identidad oficial y
IV.- Comprobante de domicilio.
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Cabe mencionar que para solicitar este trámite se deberá ser mayor de edad, de nacional mexicana, manifestar el nombre completo y datos de el acta primigenia y el nombre solicitado, sin apellidos y en su caso el género solicitado.
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Este tráite se realizará ante un Juez Central, y una vez términado el trámite se avisará a las dependencias correspondientes.
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Dar click para ver información completa páginas 3 a la 7…..