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Con diversas modificaciones a las Leyes de Desarrollo Urbano, Salud y Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, se da a conocer que se deberán instalar Bebederos y estaciones de recarga de agua potable en todos los Parques Públicos; en todas las oficinas del Gobierno del D.F., y dentro de las plazas comerciales.

Lo anterior es para garantizar el Libre Acceso al Agua a los habitantes del Distrio Federal, por tanto los titulares y/o administradores de las plazas comerciales contarán con un plazo no mayor a 120 días para instalar y/o adecuar los
bebederos o estaciones de agua potable en sus inmuebles.

Con respecto a lo que compete al gobierno del Distito Federal, la instalación de los bebederos y estaciones de recarga será de manera paulatina y programada, estará sujeta a la suficiencia presupuestal.

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Dar click para ver información completa…… (Páginas 5 a la 7)

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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