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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, valido el que las personas que pretendan tener un evento con concentraciones humanas llamesen marchas, peregrinaciones, caravanas, eventos políticos etc. deberán dar aviso al Gobierno de la Ciudad de México por escrito y con 48 horas de anticipación.
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Lo anterior es para que el Gobierno CDMX, pueda informar a la población a través de los medios masivos de comunicación y medios electrónicos, sobre el desarrollo de cualquier evento masivo, que alteren de forma momentánea, transitoria o permenente la vialidad, además de proponer alternativas de tránsito.
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Cabe mencionar que la SCJN, considera que el artículo 212 no atenta los principios de legalidad, libre circulación, no discriminación, libertad de expresión y de reunión.
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Pero también debe quedar claro que esto no evitará la reunión esponatea de personas para manifestarse, y no por ello estarán cometiendo un delito, por no realizar su aviso.
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