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A partir de hoy Carcel de 6 a 12 años de prisión a quien robe mercancías del transporte de carga federal o bien de 2 a 7 años cuando lo sustraido sea equipaje o valores de los pasajeros o turistas que hagan uso de los servicios del transporte de pasajeros, turismo o trasporte privado.
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Las penas son de 7 a 15 años se impondrán si el objeto de robo es el vehículo, y a esta se le aumentaran las dispuestas en el artículo 377 si se incurre lo señalado en éste.
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Los años de prisión se incrementan hasta en un 50% si es un Servidor Público; Policia o encargado de vigilar las mercancías qien cometa o porticipe en el robo.
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