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Por acuerdo general se condona el 100% de pago de los siguientes impuestos:
I. Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles;
II. Impuesto Predial;
III. Impuesto sobre Espectáculos Públicos;
IV. Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos;
V. Impuesto sobre Nóminas;
VI. Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos;
VII. Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje;
VIII. Derechos por el Suministro de Agua;
IX. Derechos de Descarga a la Red de Drenaje;
X. Derechos a cargo de locatarios de mercados públicos previstos en el artículo 264 del Código Fiscal de la Ciudad de México;
XI. Derechos de control vehicular (refrendo), y
XII. Multas por infracciones a las disposiciones fiscales distintas a las obligaciones de pago
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Para obtener los este beneficion con referencia a las fracciones II, III, IV, V, VI, VII y XI deberán acceder a www.finanzas.cdmx.gob.mx
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Y para la condonación de la TENENCIA deberán ingresar a www.finanzas.cdmx,gob.mx/condonacion/index.php
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Este pograma tiene vigencia del 1 de marzo al 30 de abril del actual.
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