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La Primera Sala de la SCJN, determinó que el Concubinato NO es EQUIPARABLE al Matrimonio, por tanto al haber separación entre los concubinos, estos sólo podrán solicitar la parte de los bienes de su pareja siempre y cuando COMPRUEBEN que aportaron económicamente para adquirirlos.
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En breve tendran el LINK OFICIAL…