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Se modifica el Código Penal del Estado de México.

Ahora se sancionará con hasta 8 años de prisión y con multas de hasta $80,600.00 a quien Comercialice, introduzca, movilice ganado declarado en cuarentena con la finalidad de comercializarlo o bien utilice cualquier contaminante a que haga referencia la Ley Federal de Sanidad Animal en estos animales.
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Por tanto con esta reforma queda tipificado como delito arriba descrito y esto con la finalidad de:

• Fortalecer las cadenas de valor en el sector agropecuario desde el productor al consumidor.

• Apoyar a los productores para dar cumplimiento a la normatividad establecida para acceder a más mercados.

• Mantener a la ganadería libre de enfermedades

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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