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Con el fin de que los Notarios actuen aconsejando a cada una de las partes o solicitantes sin descuidar los intereses de la contraparte en reserva y secrecía, siempre siguiendo el principio de imparcialidad en su actuación y de dar la misma atención, el cuidado y la observancia en legalidad para todas las personas que intervienen en un acto, independientemente de que sólo alguna de ellas haya sido la solicitante del servicio notarial, se expide el reglamento que todos y cada uno de ellos deben cumplir.

Aquí algo de los más relevante:
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Consta de 134 artículos.
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Entra en vigor a partir de mañana 2 de octubre del 2018
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Deja SIN efecto todas las bases referentes a los Servicios Notariales en la Ciudad de México.
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Las quejas contra algún Notario se harán ante el Colegio de Notarios.
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Los plazos para expedir trámites y servicios a cargo del Archivo General de Notarías será de 13 días hábiles.
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La Comisión correspondiente también podrá proponer al Consejo medidas afirmativas de equidad de género, que garanticen a las mujeres su colaboración y participación en la función notarial.

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Da CLICK para LEER info COMPLETA (pág 2 a la 29)…..

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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