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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina:
Es inconstitucional el bloqueo de páginas web, porque ello atenta contra la libertad de expresión, pero cabe destacar que las páginas de Internet deben tener límites necesarios y evitar contenidos como: Pornografía Infantil; Incitar al odio y genocídio o bien si viola leyes internacionales, porque si dichas páginas NO respetan lo anterior estarían incurriendo en un delito.
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