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La Suprema Corte de Justicia de Nación establece como Antecedente:

Que es discriminatorio poner como plazo UN AÑO  a Concubinas para poder Solicitar Alimentos tras el término del Concubinado.

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Lo anterior se determino debido a que en el Matrimonio no hay tiempo límite para reclamar este derecho; al cual la Concubina también lo tiene, además el Matrimonio como el Concubinato son formas de familia protegidas.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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