Views: 53

Da CLICK en TITULO para Ver nota COMPLETA


.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación sugiere que:

Las autoridades que lleven juicios de Alimentos relacionados con menores, debe tener en cuenta de forma primordial el interés superior de éstos.
.
Con base en lo anterior en los procedimientos relacionados con el tema de alimentos, como es el incidente de reducción de la pensión alimenticia fijada en sentencia o convenio, sólo se hará si el deudor alimentista justifica –con las Actas de nacimiento– haber procreado nuevos acreedores.

Y será deber de la autoridad ponderar las obligaciones que el deudor tenga frente a otros acreedores; NO con el fin de beneficiar al obligado, sino más bien de no dejar desprotegido a ninguno de los menores.
.
Da CLICK para LEER marco Jurídico……

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo