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La Suprema Corte de Justicia de la Nación definió constitucional que exista un plazo de caducidad para desconocer a un hijo, dicho plazo es de 70 días, una vez pasado este tiempo, De ninguna manera podrá desconocer al menor.
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Lo anterior es para proteger el interés superior del menor.
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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