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La Suprema Corte de Justicia de la Nación REITERA que las parejas del mismo sexo tienen derecho a todos y cada uno de los beneficios de la Seguridad Social.
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Lo anterior se determinó debido a que considera Ilegal que el artículo 130 de la ley del Seguro Social condiciona que el disfrute de una pensión por viudez solo puede ser reclamada por una persona distinta al sexo del asegurado.
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