Views: 70

No importa si el nombre de la Marca de tu producto y/o empresa aunque contenga palabras malsonantes, se le debe permitir el registro de está.

.

Lo anterior es debido a que en cuestión de negocios dichas Marcas son eficaces para llamar la atención y son útiles para fines comerciales; pues considerar lo contrario, implicaria imponer un concepto de órden público y preferencia lingüísticas de la autoridad administrativa, en resumen no se puede censurar un lenguaje que comúnmente la gente usa.

.

Fuente: SCJN tesis aislada del 21 de junio.

.

Si te pareció ÚTIL esta información COMPÁRTELA …….. o SIGUENOS en Twitter @SalgadoLegal o en Facebook como Francisco Salgado o Salgado Legal y recibirás directamente NOVEDADES que te den Beneficios o te enterarás de Nuevas Reglas que tengas que cumplir ¡¡¡

.

Todos los días revisamos Diario Oficial, Gacetas de la CdMx, Edo. Méx. y Determinaciones de la SCJN; Como resultado de su análisis te proporcionamos la información que consideramos de interés general para un GRAN número de personas.

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo