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No importa si el nombre de la Marca de tu producto y/o empresa aunque contenga palabras malsonantes, se le debe permitir el registro de está.
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Lo anterior es debido a que en cuestión de negocios dichas Marcas son eficaces para llamar la atención y son útiles para fines comerciales; pues considerar lo contrario, implicaria imponer un concepto de órden público y preferencia lingüísticas de la autoridad administrativa, en resumen no se puede censurar un lenguaje que comúnmente la gente usa.
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Fuente: SCJN tesis aislada del 21 de junio.
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